DESDE hace pocos años se viene hablando (o escribiendo) sobre la configuración de demarcaciones territoriales que sustituyan a los conocidos "distritos".

     A uno de ellos, el que viene siendo denominado como de Requena, se le asignan diversas denominaciones, tanto en su titulación genérica como en su específica.

    En cuanto a la primera suele designársele como "zona", "comarca" o "altiplano"; en cuanto a la segunda como de "Requena" o "Requena-Utiel".

     La palabra ZONA es apropiada, más bien, para denominar un territorio desde un punto de vista geográfico, climático o agrario. Y en este aspecto resulta totalmente correcta. Pero no ofrece una tradición, ni es usada normalmente para designar una entidad histórica y con personalidad propia.

     COMARCA es perfectamente utilizable. Y parece el vocablo más apropiado en nuestro caso.

     En cuanto a ALTIPLANO, además de ser palabra compuesta, larga y ajena al lenguaje popular, presenta un carácter que podría calificarse como americanismo; es, en efecto, especialmente en Bolivia, donde suele emplearse tal denominación. En España tenemos la muy castiza palabra MESETA para designar lo mismo.

     Parece, pues, aceptable el empleo de los vocablos COMARCA o MESETA para denominar nuestra entidad territorial.

     Por lo que se refiere a su nombre especifico vienen empleándose, indiferentemente, las denominaciones REQUENA o REQUENA-UTIEL. La primera, tradicional e histórica; la segunda, más reciente y con un sentido más bien geográfico. Ambas pueden considerarse como adecuadas. Pero en la segunda debe afirmarse siempre la primacía de Requena en el orden de citación. Y ello por dos razones: Por su más antiguo abolengo histórico, y por su colocación anterior en orden alfabético. Este orden es aplicado frecuentemente en nuestra época al citar u ordenar naciones o ciudades, con objeto de no herir susceptibilidades al seguir un sistema puramente gramatical e imparcial.

     El empleo de las palabras UTIEL-REQUENA, en este orden, solamente viene avalada por la Denominación de Origen, según normas de su Consejo Regulador. Y tiene su origen en el hecho de haber conseguido Utiel, para sus vinos, el derecho a denominación de origen en época anterior, cuando los de Requena no gozaban de tal reconocimiento.

     Es, pues, un hecho legal y lógico. Pero circunscrito a su aplicación vitivinícola dentro del l.N.D.O. De modo semejante la denominación "Montilla-Moriles" no configura una comarca cordobesa, sino exclusivamente un tipo de vinos y una zona de producción.

     Mención aparte merece la designación PLANA DE UTIEL como nombre aplicable a nuestra comarca, que viene apareciendo desde hace muy poco tiempo, en publicaciones e incluso en mapas.

     Tal denominación muestra, en primer lugar, la introducción de una palabra valenciana en nuestra toponimia, lo que está en oposición con el respeto que merecen las comarcas de habla castellana, de su designación geográfica. Y en segundo lugar, altera el sentido de dicha palabra, ya que "plana" corresponde a "llano"; es decir, a tierra baja y sin desniveles, como es el caso de la valencianísima comarca de LA PLANA.

     Por otra parte presupone una capitalidad en Utiel; ciudad hermana y distinguida, sin duda, pero que jamás ha ostentado el rango de capital comarcal (de Requena-Utiel) en ningún aspecto.

     Es de observar que la pretendida introducción de la designación "Plana de Utiel" viene a coincidir con otras, dentro de nuestra Región, conducentes todas a romper tradiciones arraigadas y a desfigurar nuestra personalidad.

     Es el caso, próximo, de "Valle de Cofrentes", para designar al VALLE DE AYORA; o el de "Hoya de Buñol", para denominar a la COMARCA DE CHIVA-BUÑOL; o el de "Campo del Turia", en sustitución de CAMPO DE LIRIA. En todos los casos, si se observa el cambio introducido, se margina precisamente a la ciudad cabecera de Distrito, que corresponde, en su origen, a una población de reconocida personalidad histórica.

     Una última observación puede hacerse, dentro de las diversas denominaciones aplicadas a nuestra comarca, en relación con las palabras "Castilla valenciana", utilizadas, sin duda, Con la mejor buena fe, por gentes de nuestra tierra.

     Es fácil observar que tal designación tiene un significado gramatical totalmente opuesto al que se pretende exponer: El sustantivo "Castilla" y el adjetivo "valenciana" significan que se trata de un territorio situado dentro de Castilla, pero con un carácter (lengua, costumbres, etc.) valenciano.

     Puesto que se trata de un trozo de Valencia, con carácter castellano, lo propio es invertir los términos, empleando la denominación VALENCIA CASTELLANA.

     Un par de ejemplos puede confirmar lo que decimos: se habla del "Canadá francés" para designar la provincia de Quebec, poblada por franceses (de origen) y formando parte de la nación canadiense; y de modo semejante se llama "Suiza italiana" al cantón del Tesino, perteneciente a la Confederación Suiza y poblado por gentes de lengua italiana.

 

(Publicado en El Trullo de Mayo de 1982)